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Consejo de Estado dice que no le pueden poner un comparendo automático por no tener SOAT o si su vehículo no está en circulación

Por Redacción TuPerfil.net··Actualizado 5 de octubre, 2026·2 min de lectura·38
Consejo de Estado dice que no le pueden poner un comparendo automático por no tener SOAT o si su vehículo no está en circulación

Bogota, 14 de mayo del 2026 - Una decisión del Consejo de Estado volvió a abrir el debate sobre las multas e inmovilizaciones por tener vencido el SOAT o la revisión tecnomecánica en Colombia. El alto tribunal dejó claro que las autoridades de tránsito no pueden imponer comparendos automáticamente solo porque un vehículo aparezca con documentos vencidos en las bases de datos del RUNT, si el automotor no está circulando en vía pública.

La discusión surgió luego de múltiples denuncias de conductores a quienes, según se conoció, les inmovilizaron vehículos que permanecían estacionados en parqueaderos, talleres o frente a sus viviendas. La sentencia anuló apartes de varias circulares del Ministerio de Transporte expedidas entre 2013 y 2014, las cuales permitían realizar sanciones únicamente mediante verificación digital de placas.

El fallo señala que el Código Nacional de Tránsito, establecido en la Ley 769 de 2002, regula específicamente la circulación de vehículos en espacios públicos. Es decir, la infracción solo se configura cuando el automotor está en movimiento o transitando por vías públicas. De esta manera, el simple hecho de aparecer con documentos vencidos en el sistema no constituye prueba suficiente para sancionar.

El senador Gersson Vargas, conocido en redes sociales como “Señor Bitter”, explicó algunos de los casos que motivaron el debate jurídico. “Desde ya no pueden hacer el comparendo y mucho menos la inmovilización del vehículo por no tener al día la revisión tecnicomecánica o el SOAT mientras el vehículo permanezca sin movimiento”, afirmó.

El congresista también relató situaciones que, según indicó, se volvieron frecuentes en diferentes ciudades del país. “Llega a un parqueadero público un policía de Tránsito, abre la base de datos del RUNT y empieza a rastrear placa por placa. Cuando encuentra un vehículo sin SOAT vigente espera al conductor y ordena subir el carro a la grúa”, señaló.

En otro ejemplo mencionado por Vargas, un vehículo permanecía estacionado dentro de un barrio y, pese a no estar mal parqueado ni en circulación, habría sido inmovilizado por no tener vigente la tecnomecánica. “Lo importante es que esta sentencia anuló circulares que permitían ese tipo de procedimientos”, agregó el senador.

La decisión judicial establece entonces que las autoridades sí pueden imponer sanciones cuando detecten vehículos circulando sin los documentos obligatorios, pero no cuando el automotor esté fuera de servicio, guardado o inmovilizado de manera permanente. El fallo también limita los llamados “comparendos automáticos” sustentados únicamente en cruces de información del sistema.

Aunque la medida ha sido bien recibida por algunos conductores, expertos recuerdan que esto no elimina la obligación de mantener vigente el SOAT y la revisión tecnomecánica, documentos indispensables para circular legalmente en Colombia. Las autoridades continúan facultadas para sancionar e inmovilizar vehículos cuando sean sorprendidos transitando sin cumplir estos requisitos.

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