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Consejo de Estado suspende elección del rector de la UPC: Guillermo Echavarría no cumpliría requisitos legales

Por Redacción TuPerfil.net··Actualizado hace 1 día·2 min de lectura·51
Consejo de Estado suspende elección del rector de la UPC: Guillermo Echavarría no cumpliría requisitos legales

Valledupar, 07 de mayo del 2026 - La llegada de Guillermo Andrés Echavarría Gil a la rectoría de la Universidad Popular del Cesar (UPC) quedó suspendida provisionalmente luego de que el Consejo de Estado admitiera una demanda de nulidad electoral y ordenara frenar los efectos de su designación para el período 2026-2030.

La decisión fue adoptada por la Sección Quinta del alto tribunal mediante auto de la magistrada Gloria María Gómez Montoya, tras considerar que existen elementos suficientes para concluir, de manera preliminar, que Echavarría no acreditó los requisitos mínimos exigidos para ocupar el cargo de rector.

La demanda fue presentada por el ciudadano Álvaro Javier Iglesias Ibarra, quien argumentó que el directivo no cumplía con el requisito de contar con mínimo cinco años de experiencia académica en educación superior, exigencia contemplada en el estatuto interno de la universidad.

Tras revisar la documentación aportada durante el proceso electoral, el Consejo de Estado concluyó que Echavarría Gil solo acreditaba 4 años, 10 meses y 26 días de experiencia docente universitaria al momento de su inscripción, tiempo inferior al requerido por la norma.

Uno de los puntos centrales de la controversia gira alrededor de una certificación laboral expedida por UPARSISTEM S.A.S., entidad cuya experiencia fue presentada para completar el tiempo exigido. Sin embargo, el tribunal determinó que esta institución no pertenece al sistema de educación superior, sino al modelo de formación para el trabajo y desarrollo humano, por lo que ese tiempo no podía ser validado para aspirar a la rectoría.

“Los requisitos debían acreditarse al momento de la inscripción y no posteriormente”, señaló el Consejo de Estado al rechazar los argumentos de la defensa, que sostenían que las exigencias podían cumplirse hasta la fecha de elección.

El alto tribunal también recordó que las normas internas de la UPC establecen una etapa preclusiva dentro del proceso electoral, lo que significa que quien no demuestre los requisitos desde la inscripción no puede subsanar posteriormente esa situación.

La elección de Echavarría Gil se produjo el pasado 9 de marzo de 2026 durante una sesión del Consejo Superior de la UPC que, según la demanda, se realizó en apenas ocho minutos y sin la presencia de algunos representantes clave, entre ellos la gobernadora del Cesar y delegados estudiantiles.

Con esta decisión cautelar, Guillermo Echavarría Gil queda imposibilitado temporalmente para ejercer funciones como rector mientras avanza el proceso judicial. Ahora será el Consejo de Estado el encargado de definir, mediante sentencia definitiva, si la elección debe anularse de manera permanente o si el acto administrativo conserva su validez legal.

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