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Corte Suprema condena a congresista del Partido de la U Wilmer Carrillo a más de 8 años de prisión por contrato irregular

Por Redacción TuPerfil.net··Actualizado 4 de octubre, 2026·2 min de lectura·34
Corte Suprema condena a congresista del Partido de la U Wilmer Carrillo a más de 8 años de prisión por contrato irregular

Bogota, 04 de mayo del 2026 - La Corte Suprema de Justicia condenó al representante a la Cámara Wilmer Ramiro Carrillo Mendoza por irregularidades en un contrato de obra pública, imponiéndole una pena de más de ocho años de prisión, además de sanciones económicas y disciplinarias que lo apartan del ejercicio de funciones públicas.

La decisión fue adoptada por la Sala Especial de Primera Instancia el pasado 4 de mayo de 2026, luego de analizar su actuación como exsecretario de Infraestructura de Norte de Santander. El fallo establece una pena de 99 meses y un día de cárcel, una multa equivalente a 129 salarios mínimos y una inhabilitación superior a ocho años, negándole además beneficios como la prisión domiciliaria.

El caso está relacionado con el Convenio de Asociación 00177 de 2011, cuyo objetivo era ejecutar obras de reconstrucción en el acceso y protección del puente de Puerto León, una infraestructura clave sobre el río Zulia que conecta con la ciudad de Cúcuta.

Según el alto tribunal, el proceso contractual estuvo marcado por múltiples irregularidades que vulneraron principios básicos de la contratación pública. Entre ellas, se evidenció que los estudios técnicos fueron elaborados por la misma empresa que luego ejecutó la obra, lo que comprometió la transparencia del proceso.

Además, la Corte cuestionó que el contrato se realizara bajo una modalidad de asociación no permitida para este tipo de proyectos, en contravía de lo establecido en la Ley 80 de 1993, así como la falta de capacidad técnica del contratista seleccionado.

En su pronunciamiento, el tribunal fue contundente sobre la responsabilidad del congresista. “Estuvo siempre en capacidad de comprender la ilicitud del proceso contractual”, señala la decisión, descartando que se tratara de un error o desconocimiento.

La Corte también calificó como un “ardid” o "artimaña" la estrategia de defensa del exfuncionario, al considerar que intentó desligarse de los hechos pese a su participación directa en el proceso.

Pese a la condena por contrato sin cumplimiento de requisitos legales, Carrillo Mendoza fue absuelto del delito de peculado por apropiación agravado, lo que no modifica el impacto de una decisión que marca un precedente en materia de responsabilidad en la contratación pública en el país.

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