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Estado deberá indemnizar a 13 familiares de ciudadano muerto por mina antipersonal en Putumayo en 2012

Por Redacción TuPerfil.net··Actualizado hace alrededor de 1 hora·2 min de lectura·7
Estado deberá indemnizar a 13 familiares de ciudadano muerto por mina antipersonal en Putumayo en 2012

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La Nación, a través del Ministerio de Defensa y el Ejército Nacional, fue declarada responsable patrimonialmente por la muerte de Hernando Castillo Tobar, quien falleció en 2012 al activar una mina antipersonal en zona rural de Puerto Leguízamo, Putumayo.

La decisión se produjo luego de que la Corte Constitucional, mediante la Sentencia T-517 de 2025, dejara sin efectos una decisión anterior del Tribunal Administrativo de Nariño y ordenara revisar nuevamente el caso.

La familia de Castillo Tobar, representada por el abogado y doctor en Derecho Luis Antonio Fuentes Arredondo, acudió a la justicia constitucional argumentando que las circunstancias en las que ocurrió la muerte permitían establecer una responsabilidad patrimonial del Estado.

Los hechos ocurrieron el 14 de octubre de 2012, en el sitio Piñuña Negro, municipio de Puerto Leguízamo. Castillo Tobar murió tras activar una mina antipersonal que, según las pruebas analizadas en el proceso, había sido instalada por integrantes del entonces frente 48 de las Farc y estaba dirigida contra tropas del Ejército que desarrollaban operaciones en la zona.

En una primera decisión, el Juzgado Primero Administrativo de Mocoa había responsabilizado al Estado. Sin embargo, en 2023, el Tribunal Administrativo de Nariño revocó esa determinación al considerar que no estaba demostrado que el Estado hubiera creado el riesgo ni que la mina estuviera dirigida contra sus agentes.

La Corte Constitucional ordenó revisar nuevamente las pruebas. En ese análisis se tuvieron en cuenta informes militares, testimonios y documentos oficiales que daban cuenta de la presencia y actividad de tropas en el sector, así como de la existencia de otros artefactos explosivos.

El Tribunal Administrativo de Nariño, al emitir el nuevo fallo, concluyó que la actividad militar había generado un riesgo excepcional que permitía atribuir patrimonialmente el daño al Estado.

Como consecuencia, la Nación deberá pagar una indemnización por los daños y perjuicios morales ocasionados por la muerte de Castillo Tobar.

La nueva sentencia estableció indemnizaciones para 13 familiares de la víctima.

La decisión aclara que la responsabilidad atribuida al Estado no significa que los militares hubieran instalado la mina, sino que, de acuerdo con las pruebas valoradas por el Tribunal, las circunstancias derivadas de la actividad militar en la zona contribuyeron a configurar el riesgo excepcional que terminó afectando a la víctima.

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