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Procuraduría destituye e inhabilita por 18 años a dos miembros del ESMAD por muerte de joven durante el paro nacional en Bogotá

Por Redacción TuPerfil.net··Actualizado hace alrededor de 14 horas·2 min de lectura·35
Procuraduría destituye e inhabilita por 18 años a dos miembros del ESMAD por muerte de joven durante el paro nacional en Bogotá

Bogota, 12 de mayo del 2026 - La Procuraduría General de la Nación emitió un fallo disciplinario contra dos integrantes del antiguo ESMAD por su presunta responsabilidad en la muerte de Daniel Alejandro Zapata, un joven de 20 años que resultó herido durante las protestas del Paro Nacional de 2021 en Bogotá. La decisión revive el debate sobre el uso de la fuerza durante las manifestaciones que marcaron uno de los momentos más tensos del país en los últimos años.

La sanción más severa recayó sobre el patrullero Abberson de Jesús Salas Acosta, quien fue destituido e inhabilitado por 18 años tras concluirse que habría accionado un fusil lanzagases de manera directa contra la multitud durante los disturbios registrados el 1 de mayo de 2021 en inmediaciones del Portal Banderas, en la localidad de Kennedy.

De acuerdo con el fallo disciplinario, el disparo habría impactado mortalmente a Daniel Alejandro Zapata, convirtiéndolo en una de las primeras víctimas fatales registradas en Bogotá durante las jornadas de protesta. La Procuraduría calificó la conducta del uniformado como una falta gravísima cometida con dolo, al considerar que se vulneraron principios fundamentales como la proporcionalidad, la legalidad y la integridad personal.

La decisión también cobijó al entonces subteniente Jorge Enrique Bombita Uriana, quien para ese momento se desempeñaba como comandante de la sección 1 del ESMAD. El oficial fue sancionado con suspensión e inhabilidad especial por ocho meses, luego de que el Ministerio Público concluyera que habría ordenado la intervención de la fuerza pública mediante el uso de la fuerza contra los manifestantes.

Según el expediente, Bombita Uriana instruyó al patrullero para “intervenir en la multitud a través del uso de la fuerza”, una decisión que, según la Procuraduría, terminó desencadenando las lesiones que posteriormente causaron la muerte del joven manifestante.

“Daniel Alejandro Zapata se convirtió en la primera víctima mortal en Bogotá en medio de las manifestaciones”, recordó en su momento la organización Lazos de Dignidad, citada en informes publicados tras los hechos ocurridos durante el estallido social de 2021.

El caso ocurrió en una de las jornadas más complejas del paro nacional, cuando cientos de personas se concentraban en diferentes puntos de la capital colombiana en rechazo a las políticas del Gobierno de entonces. Las manifestaciones derivaron en fuertes enfrentamientos entre civiles y miembros del ESMAD, dejando múltiples personas heridas y varios casos que posteriormente fueron objeto de investigaciones judiciales y disciplinarias.

Aunque el fallo disciplinario todavía puede ser apelado por los uniformados sancionados, la decisión de la Procuraduría se convierte en uno de los pronunciamientos más relevantes relacionados con la actuación de la fuerza pública durante el Paro Nacional, un episodio que sigue generando profundas divisiones y debates en Colombia sobre los límites del uso de la fuerza en contextos de protesta social.

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