Tribunal suspende convenio para la expedición de pasaportes, pero ordena garantizar el servicio a los colombianos

Bogotá, 3 de septiembre de 2026. Una decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca puso en pausa una parte fundamental del proceso que se venía adelantándose para la producción y expedición de pasaportes en Colombia. El alto tribunal ordenó la suspensión temporal de los convenios suscritos entre entidades del Gobierno colombiano, aunque dejó claro que esta medida no puede afectar la atención ni el acceso de los ciudadanos al servicio.
La decisión recae sobre el Convenio Interadministrativo Específico 001 de 2025 y el CI-005 de 2026, firmados entre el Fondo Rotatorio de la Cancillería y la Imprenta Nacional de Colombia, así como sobre los contratos y convenios que hayan surgido como consecuencia de estos acuerdos.
De acuerdo con la providencia, la medida cautelar busca esclarecer diferentes aspectos relacionados con la operación y la cadena de producción de las libretas de pasaporte.
El Tribunal ordenó a la Cancillería, el Fondo Rotatorio, la Imprenta Nacional de Colombia y la Imprensa Nacional-Casa de la Moneda de Portugal entregar, en un plazo de 20 días hábiles, un informe detallado sobre el estado actual de la operación.
Entre la información solicitada se encuentra la ubicación de las libretas de pasaporte, las condiciones de seguridad de los lugares donde permanecen y son personalizadas, así como la identificación de todos los terceros que participan en la cadena de producción.
“La suspensión se mantendrá hasta que dicha información sea debidamente acreditada”, señala la decisión judicial.
Sin embargo, el Tribunal también fue enfático en advertir que la ejecución de la medida no puede convertirse en un obstáculo para los ciudadanos que requieren tramitar su documento de viaje.
Por ello, ordenó a las entidades involucradas adoptar de manera inmediata las acciones necesarias para garantizar que la expedición de pasaportes continúe funcionando sin interrupciones, pese a la suspensión de los convenios.
Además, la apelación fue concedida en efecto devolutivo, por lo que la medida cautelar comenzó a regir de manera inmediata.
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