Empresario y Alcaldía de Ibagué fueron condenados por infringir derechos de autor en concierto de Kevin Roldán

Ibague, 11 de agosto del 2026 - Una decisión del Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Ibagué puso nuevamente sobre la mesa la obligación de empresarios y autoridades locales de garantizar el respeto por los derechos de autor durante la realización de espectáculos públicos. Mediante sentencia de primera instancia, emitida el 3 de agosto de 2026, el despacho declaró civil y patrimonialmente responsables al empresario Javier Stiven Gallego Aguilar y al Municipio de Ibagué por la utilización de obras musicales representadas por SAYCO durante el evento Kevin Roldán Tour, realizado el 27 de octubre de 2021.
De acuerdo con la decisión judicial, el evento se llevó a cabo sin que se hubiera obtenido previamente la licencia de uso correspondiente ante SAYCO, entidad encargada de representar los derechos de los autores y compositores cuyas obras fueron comunicadas públicamente durante el espectáculo.
Como consecuencia, el municipio fue condenado al pago de $25.598.000 por concepto de perjuicios materiales, derivados de la infracción a los derechos de autor. La decisión constituye, además, un llamado de atención sobre las responsabilidades que pueden recaer no solo en los organizadores de eventos, sino también en las autoridades encargadas de verificar que los espectáculos cumplan con los requisitos legales.
El caso tiene especial relevancia para la realización de conciertos, festivales, ferias, reinados y demás espectáculos públicos, debido a que la normativa colombiana exige contar con las autorizaciones correspondientes cuando se utilizan obras protegidas por derechos de autor.
Según el planteamiento de SAYCO, los productores de espectáculos deben verificar que la licencia o autorización para el uso de las obras musicales sea otorgada por los titulares legítimos de los derechos o por la sociedad de gestión colectiva que legalmente los represente.
La sentencia también enfatiza la responsabilidad de las entidades territoriales, particularmente cuando tienen conocimiento de la realización de un espectáculo y omiten verificar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con los derechos de autor. De acuerdo con el caso, esa falta de control puede generar consecuencias patrimoniales para los municipios.
La decisión se suma a los pronunciamientos judiciales que buscan reforzar el cumplimiento de las normas relacionadas con la protección de las creaciones musicales en Colombia. Entre las disposiciones mencionadas se encuentran las Leyes 1493 de 2011 y 23 de 1993, así como el Decreto 1066 de 2015.
Desde SAYCO señalaron que continuarán adelantando acciones para proteger los derechos de los autores y compositores que representa, al tiempo que hicieron un llamado a empresarios y autoridades para que cumplan previamente con las obligaciones legales antes de realizar cualquier espectáculo que involucre obras musicales protegidas.
La sentencia corresponde a una decisión de primera instancia, por lo que su alcance podrá estar sujeto a los recursos y actuaciones judiciales que correspondan dentro del proceso.




