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¡Fallo histórico! Corte Constitucional califica como violencia sexual y digital el hecho de difundir contenido intimo

Por Redacción TuPerfil.net··Actualizado 11 de agosto, 2026·1 min de lectura·31
¡Fallo histórico! Corte Constitucional califica como violencia sexual y digital el hecho de difundir contenido intimo

Bogota, 30 de julio del 2026 - La Corte Constitucional dio un paso histórico en la protección de los derechos digitales al establecer que la difusión de contenido íntimo sin autorización constituye una forma de violencia sexual y digital, al vulnerar derechos fundamentales como la intimidad, la imagen, el buen nombre y el derecho a una vida libre de violencias. La decisión fue adoptada mediante la sentencia T-184 de 2026, tras estudiar el caso de una mujer cuyo material íntimo continuó circulando en internet sin su consentimiento.

El alto tribunal explicó que el consentimiento debe ser libre e informado y que "puede retirarse en cualquier momento", por lo que mantener o difundir este tipo de contenido sin autorización representa una vulneración de los derechos fundamentales de la persona afectada.

Además, la Corte exhortó al Congreso de la República para que esta conducta sea tipificada como delito y ordenó a las plataformas digitales atender de manera permanente las solicitudes de eliminación de contenido íntimo. Asimismo, solicitó a la Defensoría del Pueblo y al Ministerio TIC elaborar una guía orientada a prevenir este tipo de violencia digital y fortalecer la protección de las víctimas.

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