Ocho años de prisión para expatrullero que exigió $300.000 a un motociclista en Valledupar

Valledupar, 24 de agosto del 2026 - El Juzgado Quinto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Valledupar condenó a ocho años de prisión al expatrullero de la Policía Nacional Juan Carlos López Daza, tras encontrarlo responsable del delito de concusión, por hechos ocurridos en 2016 y en los que un ciudadano habría sido obligado a entregar dinero para evitar la inmovilización de su motocicleta.
De acuerdo con las pruebas analizadas durante el juicio, los hechos se remontan al 20 de junio de 2016, cuando la víctima fue requerida por dos uniformados de la Policía y posteriormente trasladada hasta el CAI Garupal, en Valledupar.
Según la investigación, durante el procedimiento los policías le habrían advertido al motociclista sobre una eventual judicialización relacionada con el vehículo y le exigieron la suma de $300.000 para evitar que la motocicleta fuera inmovilizada.
Ante la presión ejercida, el ciudadano habría tenido que dirigirse hasta un cajero automático para conseguir parte del dinero solicitado. Posteriormente, entregó el efectivo a los uniformados.
Sin embargo, el afectado decidió denunciar lo ocurrido ante las autoridades, dando inicio a una investigación que se extendió durante varios años y que finalmente llegó a juicio.
El juez consideró acreditado el abuso de autoridad
Durante el proceso judicial, la Fiscalía General de la Nación presentó diferentes elementos probatorios con los que buscó demostrar que López Daza se aprovechó de su condición como integrante de la Policía Nacional para obtener un beneficio económico que no le correspondía.
El despacho judicial otorgó especial credibilidad a los testimonios entregados por la víctima y su madre, al considerar que sus versiones fueron coherentes y mantuvieron consistencia en los aspectos fundamentales de lo ocurrido.
Estos testimonios, además, estuvieron acompañados por elementos documentales que ayudaron a respaldar la denuncia. Entre ellos se encontraba un comprobante de retiro bancario por $200.000, realizado el mismo día y en un horario compatible con la versión entregada por el ciudadano.
Para el juez Andrés Alberto Palencia Fajardo, las pruebas permitieron establecer más allá de toda duda razonable que el entonces patrullero utilizó su posición de autoridad para solicitar y obtener una utilidad económica indebida.
La conducta fue considerada constitutiva del delito de concusión, figura penal que sanciona al servidor público que, abusando de su cargo, constriñe, induce o solicita a una persona dinero o cualquier otra utilidad indebida.
La condena es de 96 meses de prisión
Luego de culminar el juicio oral y valorar las pruebas presentadas por las partes, el juzgado declaró penalmente responsable a Juan Carlos López Daza y le impuso una pena principal de 96 meses de prisión, equivalentes a ocho años.
Además de la privación de la libertad, la sentencia contempla una multa equivalente a 66,66 salarios mínimos legales mensuales vigentes para el año 2016 y una inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas durante 80 meses.
El despacho también negó al condenado la posibilidad de acceder a la suspensión condicional de la ejecución de la pena y a la prisión domiciliaria, teniendo en cuenta la naturaleza del delito y las condiciones establecidas por la legislación penal.
No obstante, la sentencia corresponde a una decisión de primera instancia. Por esta razón, la orden de captura para hacer efectiva la condena será librada una vez la decisión judicial quede debidamente en firme.
El caso vuelve a poner bajo la lupa el comportamiento de funcionarios públicos frente a los ciudadanos y la importancia de denunciar posibles abusos de autoridad y actos de corrupción, especialmente cuando quienes intervienen en los procedimientos actúan amparados en su condición de servidores del Estado.
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