Hoy lunes 22 de junio continuara indagatoria contra senadora Martha Perlata por escándalo de corrupción de la UNGRD

Bogota, 22 de junio del 2026 - La senadora Martha Peralta Epieyú continúa privada de la libertad en su lugar de residencia, luego de que un juzgado de Bogotá rechazara la acción de hábeas corpus presentada por su defensa, con la que buscaba recuperar su libertad en medio de la investigación que adelanta la Corte Suprema de Justicia por su presunta participación en el escándalo de corrupción de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD). La decisión mantiene vigente la medida preventiva impuesta por el alto tribunal mientras avanzan las diligencias judiciales relacionadas con el proceso por el presunto delito de tráfico de influencias.
La investigación continuará este lunes 22 de junio de 2026, cuando la Corte Suprema de Justicia reanude la diligencia de indagatoria contra la senadora Martha Peralta Epieyú dentro del proceso por el escándalo de la UNGRD. Durante esa actuación judicial, la congresista deberá permanecer detenida en las instalaciones de la DIJIN de la Policía en Bogotá, en cumplimiento de la medida de aseguramiento que fue ratificada por la magistrada Cristina Lombana, de la Sala de Instrucción. El expediente tiene origen en los señalamientos realizados por el exdirector de la UNGRD, Olmedo López, quien la vinculó con presuntas irregularidades relacionadas con el direccionamiento de contratos para maquinaria amarilla en el departamento de La Guajira, hechos que continúan siendo materia de investigación por parte del alto tribunal.
La decisión fue adoptada por la jueza Sandra Isabel Bernal, del Circuito de Familia de Bogotá, quien concluyó que la privación de la libertad cumple con los requisitos legales y constitucionales, por lo que no encontró fundamentos para ordenar la libertad inmediata de la congresista. En su solicitud, Peralta argumentó que había comparecido voluntariamente a la diligencia de indagatoria y sostuvo que “nunca existió evidencia objetiva de riesgo de fuga o de incumplimiento de las órdenes impartidas por la autoridad judicial”, razón por la cual consideraba improcedente la medida adoptada en su contra.
Sin embargo, el despacho judicial explicó que el hábeas corpus constituye un mecanismo excepcional que únicamente procede cuando existe una privación de la libertad ilegal o una prolongación injustificada de la misma. En ese sentido, la jueza recordó que “es una garantía constitucional de carácter excepcional, residual y sumario, concebida exclusivamente para conjurar las privaciones de la libertad que sean ilegales”, descartando que ese fuera el escenario en el caso de la parlamentaria.
Dentro de los argumentos expuestos, también se destacó que la Corte Suprema de Justicia optó por la medida menos gravosa al disponer que la senadora permaneciera en su residencia y no en un establecimiento carcelario. El fallo señala que “el despacho no dispuso reclusión en establecimiento carcelario, sino privación en la propia residencia de la investigada”, decisión que, según el juzgado, respondió a criterios de necesidad, proporcionalidad y respeto por las condiciones personales de la congresista.




