Tribunal de La Guajira niega impedimento de magistrado en demanda contra la elección del alcalde de Fonseca

El Tribunal Administrativo de La Guajira declaró infundado el impedimento presentado por el magistrado Dilam Andrés Gámez Quijada dentro del proceso de nulidad electoral que busca dejar sin efectos la elección de Micher Pérez Fuentes como alcalde de Fonseca para el periodo 2024-2027.
El magistrado había solicitado apartarse del caso argumentando que previamente intervino en el trámite y decisión de una acción de tutela promovida por el propio Micher Pérez Fuentes, relacionada con hechos que, según explicó, guardaban conexión con la actual controversia electoral. Por esta razón, consideró que debía garantizarse el principio de imparcialidad judicial.
Sin embargo, tras analizar la solicitud, la Sala concluyó que no se configura la causal de impedimento invocada. El Tribunal precisó que la acción de tutela y el proceso de nulidad electoral son mecanismos judiciales distintos, con naturaleza, objeto y finalidades diferentes, por lo que el conocimiento previo de una tutela no constituye una actuación en una instancia anterior del mismo proceso.
La corporación recordó además la jurisprudencia del Consejo de Estado y de la Corte Suprema de Justicia, según la cual las causales de impedimento son de aplicación restrictiva y solo proceden en los casos expresamente previstos por la ley.
En consecuencia, el Tribunal Administrativo de La Guajira resolvió declarar infundado el impedimento, comunicar la decisión al magistrado Dilam Andrés Gámez Quijada y devolver de inmediato el expediente a su despacho para que continúe el trámite de la demanda de nulidad electoral contra la elección del alcalde de Fonseca.




